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Son actos administrativos afectados por vicios no trascendentes, los siguientes:

Procedimiento Administrativo General - Vicios del Acto

  • A.El acto cuyo contenido sea impreciso o incongruente con las cuestiones surgidas en la motivación.
  • B.El acto emitido con una motivación insuficiente o parcial.
  • C.El acto emitido con infracción a las formalidades no esenciales del procedimiento, considerando como tales aquellas cuya realización correcta no hubiera impedido o cambiado el sentido de la decisión final en aspectos importantes, o cuyo incumplimiento no afectare el debido proceso del administrado.
  • D.Cuando se concluya indudablemente de cualquier otro modo que el acto administrativo hubiese tenido el mismo contenido, de no haberse producido el vicio.
  • E.Todas las anteriores.
Ver respuesta

Respuesta correcta: E. Todas las anteriores.

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