Son actos administrativos afectados por vicios no trascendentes, los siguientes:
Procedimiento Administrativo General - Vicios del Acto
- A.El acto cuyo contenido sea impreciso o incongruente con las cuestiones surgidas en la motivación.
- B.El acto emitido con una motivación insuficiente o parcial.
- C.El acto emitido con infracción a las formalidades no esenciales del procedimiento, considerando como tales aquellas cuya realización correcta no hubiera impedido o cambiado el sentido de la decisión final en aspectos importantes, o cuyo incumplimiento no afectare el debido proceso del administrado.
- D.Cuando se concluya indudablemente de cualquier otro modo que el acto administrativo hubiese tenido el mismo contenido, de no haberse producido el vicio.
- E.Todas las anteriores.
Ver respuesta
Respuesta correcta: E. Todas las anteriores.