SOBRE LAS REMUNERACIONES a) La remuneración se caracteriza por ser contraprestativo y de libre disponibilidad. b) La asignación familiar no tiene carácter remunerativo y por ende no es computable para el cálculo de los beneficios sociales. c) Las remuneraciones percibidas por concepto de horas extras formarán parte de la remuneración computable para el cálculo de los beneficios sociales siempre que hayan sido percibidas por lo menos en tres meses consecutivos durante el semestre correspondiente. d) El valor del transporte, siempre que esté supeditado a la asistencia al centro de trabajo y que razonablemente cubra el respectivo traslado constituye remuneración. e) La remuneración en un elemento esencial de la relación laboral y puede ser en dinero o en especie. SON FALSAS:
- A.a, c y d
- B.b, c y d
- C.b, d y e
- D.a, d y e
- E.a, b y c
Ver respuesta
Respuesta correcta: B. b, c y d