El fiscal, de advertir que existe un conflicto entre la norma constitucional y la norma legal debe proceder a:
Derecho Constitucional
- A.Efectuar control constitucional difuso.
- B.Efectuar solamente interpretación conforme a la Constitución.
- C.Efectuar solamente interpretación conforme a la Constitución previo al control constitucional difuso.
- D.Obviar interpretación conforme a la Constitución por cuanto ello es exigible solo a los jueces.
- E.Ninguna de las anteriores.
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Respuesta correcta: B. Efectuar solamente interpretación conforme a la Constitución.