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Un grupo de pobladores se asientan en un terreno erizado desolado sin líneas demarcatoria ni hitos, debido por el Gobierno Regional para formar un Asentamiento Humano, al cabo de tres meses cuando excavan las bases de sus viviendas, hallan en el lugar restos arqueológicos, comunicando del hallazgo a la Dirección de Cultura del Gobierno Regional, motivos por el cual el Procurador del Ministerio de cultura, pese que no aparece en sus registros dicha zona arqueológicas, procede en denunciar a los pobladores por el delito de Atentados contra Monumentos Arqueológicos. ¿La conducta de los poblados es punible por dicho delito? Marque la respuesta correcta.

  • A.Si, ya que el tipo penal señala el que se asienta sobre monumentos arqueológicos así desconozca el carácter de patrimonio cultural.
  • B.No, toda vez que el tipo penal señala: El que se asienta sobre monumentos arqueológicos, siempre que conozca el carácter de patrimonio cultural.
  • C.Si. Ya que dañaron con accionar los restos arqueológicos.
  • D.Si, por que no debieron de asentarse en dicho lugar a pesar que fueron autorizados por el Gobierno Regional.
  • E.Ninguna de las alternativas.
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Respuesta correcta: B. No, toda vez que el tipo penal señala: El que se asienta sobre monumentos arqueológicos, siempre que conozca el carácter de patrimonio cultural.

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