Son causales de nulidad absoluta: A. A la intervención, asistencia y representación del imputado o de la ausencia de su defensor en los casos en que es obligatoria su presencia; B. Ser alegada por quien la haya ocasionado, haya concurrido a causarla o no tenga interés en el cumplimiento de la disposición vulnerada. C. Al nombramiento, capacidad y constitución de Jueces o Salas; D. A la promoción de la acción penal, y a la participación del Ministerio Público en las actuaciones procesales que requieran su intervención obligatoria; E. A la inobservancia del contenido esencial de los derechos y garantías previstos por la Constitución. SON CIERTAS:
- A.A, B, C, D.
- B.A, B, C, E.
- C.A, C, D, E.
- D.B, C, D, E.
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Respuesta correcta: C. A, C, D, E.