Sobre la apertura del año Judicial:
- A.El Año judicial se inicia con la ceremonia de apertura el primer día del mes de Enero de cada año.
- B.El Año judicial se inicia con la ceremonia de apertura el primer lunes del mes de Enero de cada año.
- C.El Año judicial se inicia con la ceremonia de apertura el primer día útil del mes de Enero de cada año.
- D.El Año judicial se inicia con la ceremonia de apertura el segundo día del mes de Enero de cada año.
- E.Ninguna de las anteriores.
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Respuesta correcta: C. El Año judicial se inicia con la ceremonia de apertura el primer día útil del mes de Enero de cada año.