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Sobre la adecuación del plazo de prolongación de la prisión preventiva (art. 274.2 del C.P.P), es correcto afirmar:

Adecuación del plazo de prolongación de la prisión preventiva

  • A.El Juez de Investigación Preparatoria podrá adecuar el plazo de prolongación de la prisión preventiva, siempre que se presenten circunstancias de especial gravedad que no fueron advertidas en el requerimiento inicial.
  • B.El Juez de Investigación Preparatoria podrá adecuar el plazo de prolongación de la prisión preventiva, siempre que advierta circunstancias objetivas que hagan prever un mayor peligro procesal del imputado que no fueron advertidas en el requerimiento inicial.
  • C.El Juez de Investigación Preparatoria podrá adecuar el plazo de prolongación de la prisión preventiva, siempre que se presenten circunstancias objetivas de mayor desvalor de la acción cometida por el imputado que no fueron advertidas en el requerimiento inicial.
  • D.El Juez de Investigación Preparatoria podrá adecuar el plazo de prolongación de la prisión preventiva, siempre que se presenten circunstancias que hagan prever un mayor peligro de obstaculización probatoria que no fueron advertidas en el requerimiento inicial.
  • E.El Juez de Investigación Preparatoria podrá adecuar el plazo de prolongación de la prisión preventiva, siempre que se presenten circunstancias de especial dificultad que no fueron advertidas en el requerimiento inicial.
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Respuesta correcta: E. El Juez de Investigación Preparatoria podrá adecuar el plazo de prolongación de la prisión preventiva, siempre que se presenten circunstancias de especial dificultad que no fueron advertidas en el requerimiento inicial.

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