Si un Juez de Paz de una zona rural alejada recibe una denuncia por violencia grave (ej. tentativa de feminicidio), y no existe un Juzgado de Familia o Penal cercano, ¿cómo debe actuar conforme a la Ley N° 30364 y la Ley Orgánica del Poder Judicial?
Ley N° 30364 / Ley Orgánica del Poder Judicial
- A.Declararse incompetente y pedir a la víctima que viaje a la capital de provincia.
- B.Dictar las medidas de protección más urgentes e indispensables para salvaguardar la vida e integridad de la víctima y comunicar inmediatamente al Juzgado especializado y al Ministerio Público para que asuman competencia.
- C.Esperar a que llegue la policía especializada para que ellos tomen la denuncia.
- D.Intentar una conciliación entre las partes por ser la autoridad más cercana.
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Respuesta correcta: B. Dictar las medidas de protección más urgentes e indispensables para salvaguardar la vida e integridad de la víctima y comunicar inmediatamente al Juzgado especializado y al Ministerio Público para que asuman competencia.