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Señale en qué caso es posible la dúplica del término de prescripción de la acción penal, de conformidad con el último párrafo del artículo 80 del Código Penal:

Derecho Penal

  • A.Delito de robo agravado.
  • B.Delito de peculado.
  • C.Delito de nombramiento ilegal.
  • D.Delito de malversación de fondos.
  • E.Delito de falsedad genérica
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Respuesta correcta: B. Delito de peculado.

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