IngresaYa

Según lo señalado por el art. 104° del Código Tributario, tratándose del correo electrónico u otro medio electrónico aprobado por la SUNAT que permita la transmisión o puesta a disposición de un mensaje de datos o documento, la notificación se considera efectuada:

  • A.El día calendario siguiente a la fecha del depósito del mensaje de datos o documento
  • B.En la fecha en la cual se da lectura al mensaje de datos o documento
  • C.El día hábil siguiente a la fecha del depósito del mensaje de datos o documento
  • D.En la fecha del depósito del mensaje de datos o documento
Ver respuesta

Respuesta correcta: D. En la fecha del depósito del mensaje de datos o documento

Esta pregunta apareció en: Gestor de Orientacion Tributaria (11)

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