Según la Nueva Ley Procesal del Trabajo, el proceso laboral puede concluir sin pronunciamiento sobre el fondo, a través de las siguientes formas:
- A.Conciliación, sentencia, reposición.
- B.Sentencia fundada, allanamiento, apelación.
- C.Desistimiento, abandono, aceptación de culpabilidad.
- D.Conciliación, allanamiento, abandono.
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Respuesta correcta: D. Conciliación, allanamiento, abandono.