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Según la Ley del Procedimiento Administrativo General, son modalidades de notificación:

Modalidades de notificación

  • A.Notificación personal al administrado interesado o afectado por el acto, en su domicilio.
  • B.Mediante correo certificado
  • C.Cualquier otro medio que permita comprobar fehacientemente su acuse de recibo y quien lo recibe, siempre que el empleo de cualquiera de estos medios hubiese sido solicitado expresamente por el administrado
  • D.Por publicación en el Diario Oficial o en uno de los diarios de mayor circulación en el territorio nacional, salvo disposición distinta de la ley
  • E.Todas son correctas
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Respuesta correcta: E. Todas son correctas

Esta pregunta apareció en: Administracion del Distrito Fiscal - Asistente Administrativo Notificador (05)

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