Según el TUO de la LPAG, a qué principio del procedimiento administrativo corresponde el siguiente enunciado: "Los sujetos del procedimiento administrativo deben hacer prevalecer el cumplimiento de la finalidad del acto procedimental, sobre aquellos formalismos cuya realización no incida en su validez, no determinen aspectos importantes en la decisión final, no disminuyan las garantías del procedimiento, ni causen indefensión a los administrados. En todos los supuestos de aplicación de este principio, la finalidad del acto que se privilegie sobre las formalidades no esenciales deberá ajustarse al marco normativo aplicable y su validez será una garantía de la finalidad pública que se busca satisfacer con la aplicación de este principio."
- A.Informalismo
- B.Celeridad
- C.Eficacia
- D.Verdad Material
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Respuesta correcta: C. Eficacia