IngresaYa

Según el Código Procesal Civil, para las actuaciones que deban actuarse fuera del Despacho Judicial, son horas hábiles las que están comprendidas entre:

  • A.Las 7:00 y las 20:00 horas, salvo acuerdo distinto del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial.
  • B.Las 8:00 y 22:00 horas.
  • C.Las 6:00 y 16:00 horas.
  • D.Las 7:45 a 16:45 horas.
  • E.Las 6:00 a 18:00 horas.
Ver respuesta

Respuesta correcta: A. Las 7:00 y las 20:00 horas, salvo acuerdo distinto del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial.

Practica esta y más preguntas en un simulacro cronometrado

Empezar simulacro

Otras preguntas de esta entidad

Ver el banco de preguntas de Poder Judicial →