Según el Código Civil: ¿Cuándo fenece el régimen de la sociedad de gananciales?
- A.Por invalidación del matrimonio, por separación de cuerpos, por divorcio, por declaración de ausencia, por muerte de uno de los cónyuges y por cambio de régimen patrimonial
- B.Por invalidación del matrimonio, por separación de cuerpos, por abandono del hogar y por cambio de régimen patrimonial
- C.Por invalidación del matrimonio, por separación de cuerpos, por abandono del hogar, por divorcio y por cambio de régimen patrimonial
- D.Solo por invalidación del matrimonio y por separación de cuerpos
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Respuesta correcta: A. Por invalidación del matrimonio, por separación de cuerpos, por divorcio, por declaración de ausencia, por muerte de uno de los cónyuges y por cambio de régimen patrimonial