Según el artículo 71°, numeral 2, del Nuevo Código Procesal Penal, los Jueces, los Fiscales o la Policía Nacional deben hacer saber al imputado de manera inmediata y comprensible, que tiene derecho a (marque la incorrecta):
Derecho Procesal Penal
- A.Conocer los cargos formulados en su contra y, en caso de detención, a que se le exprese la causa o motivo de dicha medida, entregándole la orden de detención girada en su contra, cuando corresponda.
- B.Designar a la persona o institución a la que debe comunicarse su detención y que dicha comunicación se haga en forma inmediata.
- C.Que no se emplee en su contra medios coactivos, intimidatorios o contrarios a su dignidad, ni a ser sometido a técnicas o métodos que induzcan o alteren su libre voluntad.
- D.Ser examinado por un médico legista o en su defecto por otro profesional de la salud, cuando su estado de salud así no lo requiera.
- E.Abstenerse de declarar; y, si acepta hacerlo, a que su Abogado Defensor esté presente en su declaración.
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Respuesta correcta: D. Ser examinado por un médico legista o en su defecto por otro profesional de la salud, cuando su estado de salud así no lo requiera.