Se presumirá que existe habitualidad en la enajenación de inmuebles efectuada por una persona natural a partir de:
- A.La segunda enajenación, que se produzca en el ejercicio gravable.
- B.La tercera enajenación, que se produzca en el ejercicio gravable.
- C.La segunda enajenación, que se produzca en el ejercicio gravable siguiente.
- D.La tercera enajenación, que se produzca en el ejercicio gravable siguiente.
Ver respuesta
Respuesta correcta: B. La tercera enajenación, que se produzca en el ejercicio gravable.