Respecto al Régimen Mype Tributario, no es cierto:
Régimen Mype Tributario
- A.De iniciar actividades, podrá acogerse con la declaración jurada mensual del mes de inicio de actividades, efectuada dentro de la fecha de su vencimiento.
- B.Si proviene del Regimen General, podrá acogerse en cualquier mes del ejercicio gravable, mediante la presentación de la declaración jurada que corresponda.
- C.Si proviene del NRUS, podrá acogerse en cualquier mes del ejercicio gravable, mediante la presentación de la declaración jurada que corresponda.
- D.Este régimen comprende a los contribuyentes referidos en el artículo 14° de la Ley del Impuesto a la Renta (personas naturales, personas jurídicas, las sucesiones indivisas, las asociaciones de hecho de profesionales y similares), domiciliados en el país; siempre que sus ingresos netos no superen las 1700 UIT en el ejercicio gravable.
Ver respuesta
Respuesta correcta: B. Si proviene del Regimen General, podrá acogerse en cualquier mes del ejercicio gravable, mediante la presentación de la declaración jurada que corresponda.