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Respecto a la vigencia y validez de las medidas de protección y cauteles. Marque la opción correcta. i. Las medidas de protección y cautelares dictadas por el Juzgado de familia se mantienen vigentes en tanto persistan las condiciones de riesgo de la víctima, con prescindencia de la resolución que pone fin a la investigación, o al proceso penal o de faltas. ii. Estas medidas pueden ser sustituidas, ampliadas o dejadas sin efecto por el Juzgado de familia cuando, de los informes periódicos que remitan las entidades encargadas de su ejecución, advierta la variación de la situación de riesgo de la víctima, o a solicitud de esta última. En tales casos, el Juzgado de familia cita a las partes a la audiencia respectiva. iii. El Juzgado de familia también puede sustituir, ampliar o dejar sin efecto las medidas cuando toma conocimiento de la sentencia o disposición de archivo de la investigación, o proceso penal o de faltas que originó las medidas de protección, para la cual cita a las partes a la audiencia respectiva. iv. Las medidas de protección y cautelares tienen validez a nivel nacional y se puede solicitar su cumplimiento ante cualquier dependencia policial hasta que sean dejadas sin efecto por orden judicial.

  • A.VVVF
  • B.VVFF
  • C.VFFF
  • D.VVVV
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Respuesta correcta: D. VVVV

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