¿Qué se debe hacer en caso de vacío en el Nuevo Código Procesal Constitucional?
- A.En caso de vacío o defecto del Nuevo Código Procesal Constitucional deberá aplicarse supletoriamente la jurisprudencia del Tribunal Constitucional y de la Corte IDH.
- B.En caso de vacío o defecto del Nuevo Código Procesal Constitucional deberá aplicarse subsidiariamente, según sea el caso, el Código Procesal Civil o Penal, siempre y cuando no perjudiquen a las partes ni a los fines del proceso constitucional.
- C.En caso de vacío o defecto del Nuevo Código Procesal Constitucional deberá aplicarse supletoriamente el Código Procesal Civil.
- D.Son ciertas a) y b)
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Respuesta correcta: D. Son ciertas a) y b)