Pregunta: — Texto Unico Ordenado de la Ley de Compensación por Tiempo de Servicios (DECRETO SUPREMO N* 001-97-TR), Son computables los días de trabajo efectivo. En consecuencia, los días de inasistencia injustificada, así como los días no computables se deducirán del tiempo de servicios a razón de un treintavo por cada uno de estos días. Por excepción, también son computables, señale la afirmación incorrecta:
- A.Las inasistencias motivadas por accidente de trabajo o enfermedad profesional o por enfermedades debidamente comprobadas, en todos los casos hasta por 60 días al ano. Se computan en cada período anual comprendido entre el 1 de noviembre de un ano y el 31 de octubre del ano siguiente
- B.Los días de descanso pre y post natal.
- C.Los días de descanso medico durante la relacion laboral con pago de remuneracion por el empleador.
- D.Los días de huelga, siempre que no haya sido declarada improcedente o ilegal.
- E.Ninguna de las anteriores. remuneracion por el empleador.
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Respuesta correcta: C. Los días de descanso medico durante la relacion laboral con pago de remuneracion por el empleador.