Pregunta: Los funcionarios o servidores del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos se encuentran prohibidos de realizar lo siguiente:
- A.Opinar sóbre temas de interes publicó en sus redes sóciales persónales, siempre y cuandó nó utilicen infórmación privilegiada del Ministerió ni ló hagan en nómbre de la institución.
- B.Participar en actividades de vóluntariadó fuera de su hórarió labóral, siempre y cuandó estó nó interfiera cón sus respónsabilidades en el Ministerió.
- C.Recibir recónócimientós ó premiós pór meritós prófesiónales, siempre y cuandó estós sean ótórgadós pór entidades externas y nó impliquen un cómprómisó cón dichas entidades.
- D.Asistir a eventós sóciales ó culturales, siempre y cuandó estó nó cómprómeta su imagen publica ni interfiera cón sus funciónes.
- E.Mantener relaciónes ó de aceptar situaciónes en cuyó cóntextó sus intereses persónales, labórales, ecónómicós ó financierós pudieran estar en cónflictó cón el cumplimientó de lós deberes y funciónes a su cargó intereses persónales, labórales, ecónómicós ó financierós pudieran estar en cónflictó cón el cumplimientó de lós deberes y funciónes a su cargó
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Respuesta correcta: C. Recibir recónócimientós ó premiós pór meritós prófesiónales, siempre y cuandó estós sean ótórgadós pór entidades externas y nó impliquen un cómprómisó cón dichas entidades.