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No es un plazo de inicio del cómputo de prescripción de la acción penal:

Derecho Penal

  • A.En la tentativa, desde el día en que cesó la actividad delictuosa;
  • B.En el delito permanente, a partir del día en que cesó la permanencia.
  • C.Ninguna de las anteriores.
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Respuesta correcta: C. Ninguna de las anteriores.

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