No es un criterio de graduación contemplado expresamente en el artículo 112 del Código de Protección y Defensa del Consumidor:
- A.El beneficio ilícito esperado u obtenido por la realización de la infracción
- B.La probabilidad de detección de la infracción
- C.La antigüedad de la infracción
- D.El daño resultante de la infracción 2
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Respuesta correcta: C. La antigüedad de la infracción