Ninguna persona puede ser desviada de la jurisdicción predeterminada por la ley, ni sometida a procedimiento distinto de los previamente establecidos, ni juzgada por órganos jurisdiccionales de excepción ni por comisiones especiales creadas al efecto, cualquiera sea su denominación. Esta definición corresponde al principio:
Derecho Penal y Procesal Penal
- A.De la unidad y exclusividad de la función jurisdiccional.
- B.La independencia en el ejercicio de la función jurisdiccional.
- C.El principio de no dejar de administrar justicia por vacío o deficiencia de la ley.
- D.La observancia del debido proceso y la tutela jurisdiccional.
- E.De no ser privado del derecho de defensa en ningún estado del proceso.
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Respuesta correcta: D. La observancia del debido proceso y la tutela jurisdiccional.