Los trabajadores en caso de disfrutar del descanso vacacional dentro del año siguiente aquel en el que adquieren el derecho percibirán lo siguiente.
Derecho Laboral / Descanso vacacional
- A.Remuneración por el trabajo realizado.
- B.Remuneración adelantada al periodo correspondiente.
- C.Remuneración por el descanso vacacional adquirido en año anterior.
- D.Indemnización equivalente a una remuneración y media por no haber disfrutado del descanso.
- E.N.A.
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Respuesta correcta: A. Remuneración por el trabajo realizado.