Los Juzgados Civiles conocen:
- A.De los asuntos en materia de alimentos, filiación extramatrimonial, medidas de protección por violencia familiar contra la mujer e integrantes del grupo familiar.
- B.De los asuntos en materia laboral¸ de las pretensiones de las obligaciones de dar que no superen a cincuenta (50) Unidades de Referencia Procesal (URP).
- C.De los asuntos en materia civil, que no sean de competencia de otros Juzgados Especializados; de los asuntos que les corresponden a los Juzgados de Menores, de Trabajo y Agrario, en los lugares donde no existan éstos; en grado de apelación los asuntos de su competencia que resuelven los Juzgados de Paz Letrados.
- D.De los asuntos de las liquidaciones para cobranza de aportes previsionales del Sistema Privado de Pensiones retenidos por el empleador.
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Respuesta correcta: C. De los asuntos en materia civil, que no sean de competencia de otros Juzgados Especializados; de los asuntos que les corresponden a los Juzgados de Menores, de Trabajo y Agrario, en los lugares donde no existan éstos; en grado de apelación los asuntos de su competencia que resuelven los Juzgados de Paz Letrados.