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LAS FORMAS ESPECIALES DE CONCLUSIÓN DEL PROCESO SON:

Derecho Procesal

  • A.La conciliación y transacción judicial.
  • B.La conciliación, transacción judicial y desistimiento.
  • C.La conciliación, allanamiento y reconocimiento, transacción judicial, desistimiento y abandono.
  • D.Ninguna de las anteriores.
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Respuesta correcta: C. La conciliación, allanamiento y reconocimiento, transacción judicial, desistimiento y abandono.

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