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Las excepciones que pueden deducirse en un proceso penal son:

  • A.Contra el auto expedido por el Juez de la Investigación Preparatoria
  • B.Se deducen tanto en audiencia y fuera de audiencia preliminar Cosa juzgada, Amnistía y Prescripción.
  • C.Naturaleza de Juicio, Improcedencia de acción, Cosa juzgada, Amnistía y Prescripción
  • D.Cuestión previa, excepción prejudicial, Naturaleza de Juicio, Improcedencia de acción, Cosa juzgada, Amnistía y Prescripción.
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Respuesta correcta: C. Naturaleza de Juicio, Improcedencia de acción, Cosa juzgada, Amnistía y Prescripción

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