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La cualidad que afecte la responsabilidad de un intraneus no puede modificar la responsabilidad de un extraneus que interviene del mismo hecho punible. Esto según el principio de:

  • A.Lesividad de bienes jurídicos.
  • B.Accesoriedad de la participación delictiva.
  • C.Mínima intervención.
  • D.Incomunicabilidad de las circunstancias y cualidades.
  • E.Proporcionalidad de la pena.
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Respuesta correcta: D. Incomunicabilidad de las circunstancias y cualidades.

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