Están exonerados del pago de las tasas judiciales, los que intervienen en:
Tasas judiciales
- A.Los procesos penales, incluidos las querellas.
- B.Los trabajadores y ex trabajadores en los procesos laborales y previsionales cuyo petitorio no exceda de 70 URP.
- C.Los denunciantes en querellas.
- D.Los alimentistas cuando su pretensión excedan las 20 URP.
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Respuesta correcta: B. Los trabajadores y ex trabajadores en los procesos laborales y previsionales cuyo petitorio no exceda de 70 URP.