Es una excepción no regulada en el Código Procesal Penal de 2004. Marque la alternativa correcta.
Derecho Procesal Penal
- A.Naturaleza de juicio, cuando se ha dado al proceso una sustanciación distinta a la prevista en la Ley.
- B.Improcedencia de acción, cuando el hecho no constituye delito o no es justiciable penalmente.
- C.Cosa juzgada, cuando el hecho punible ha sido objeto de una resolución firme, nacional o extranjera contra la misma persona.
- D.Oscuridad y ambigüedad.
- E.Prescripción, cuando por el vencimiento de los plazos señalados por el Código Penal se haya extinguido la acción penal o el derecho de ejecución de la pena.
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Respuesta correcta: D. Oscuridad y ambigüedad.