En un proceso judicial, con respecto al uso del propio idioma o dialecto de un justiciable:
- A.No está permitido su uso.
- B.Está permitido su uso.
- C.El Juez es el que decide si el justiciable usa su propio idioma o dialecto.
- D.Nuestro ordenamiento jurídico no prevé la referida situación.
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Respuesta correcta: B. Está permitido su uso.