En los casos de agresiones psicológicas, la afectación psicológica de la víctima puede acreditarse mediante lo siguiente:
Violencia contra la Mujer
- A.Protocolo de pericia psicológica emitido por el Instituto de Medicina Legal.
- B.Informe Psicológico emitido por el psicólogo de un Centro de Emergencia Mujer.
- C.Informe psicológico emitido por los Centros de Salud Parroquiales o establecimientos privados autorizados por el Ministerio de Salud.
- D.Todos los anteriores.
- E.Ninguno de los anteriores.
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Respuesta correcta: D. Todos los anteriores.