¿En el proceso de faltas es procedente dictar prisión preventiva y que periodo de tiempo?
Derecho Procesal Penal
- A.No es procedente, pues solo se impone en la comisión de un delito.
- B.Sí es procedente, hasta que se realice y culmine la audiencia.
- C.Sí es procedente, hasta que se realice la audiencia.
- D.Si procede, cuando el imputado no se presente voluntariamente a la audiencia.
Ver respuesta
Respuesta correcta: B. Sí es procedente, hasta que se realice y culmine la audiencia.