En el principio de inmediación:
- A.Solo se considera prueba aquella que ha sido practicada y producida por las partes ante el juez y fiscal, en un juicio público oral y contradictorio.
- B.Solo se considera prueba aquella que ha sido practicada y producida por las partes ante el juez, en un juicio público y oral.
- C.Solo se considera prueba aquella que ha sido practicada y producida por las partes ante el juez, en un juicio público oral y contradictorio.
- D.Solo se considera prueba aquella que ha sido practicada por las partes ante el juez, en un juicio público y contradictorio.
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Respuesta correcta: C. Solo se considera prueba aquella que ha sido practicada y producida por las partes ante el juez, en un juicio público oral y contradictorio.