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En casos de delitos clandestinos, como la colusión, la probanza de los hechos imputados debe realizarse generalmente con prueba indiciaria. En tal sentido, respecto de la prueba indiciaria es correcto tener en cuenta:

  • A.La prueba indiciaria es una prueba de menor valor que la prueba directa, por lo cual requiere una motivación reforzada.
  • B.Basta con un indicio, si es que este es fuerte y el investigado no niega los hechos.
  • C.Deben existir indicios plurales, convergentes y unívocos, y no presentarse contraindicios consistentes.
  • D.Basta la presencia de contraindicios para que se descarte la prueba de los hechos por medio de prueba indiciaria.
  • E.Ninguna de las anteriores.
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Respuesta correcta: C. Deben existir indicios plurales, convergentes y unívocos, y no presentarse contraindicios consistentes.

Esta pregunta apareció en: Fiscalia de Corrupcion de Funcionarios - Asistente en Funcion Fiscal (04)

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