El abandono de bienes comisados se declarará mediante:
Comiso de bienes
- A.Publicación Web.
- B.Carta emitida por la oficina que realizó el comiso.
- C.Resolución de Intendencia o de Oficina Zonal.
- D.Publicación en el Diario el Peruano.
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Respuesta correcta: C. Resolución de Intendencia o de Oficina Zonal.