De conformidad con las reglas y límites de la calificación registral, cuando un Registrador conozca un título que previamente haya sido liquidado u observado por otro Registrador:
Derecho Registral
- A.Puede realizar nuevas observaciones en el marco de su autonomía.
- B.Puede inhibirse del conocimiento del título.
- C.Puede solicitar la opinión del Tribunal Registral.
- D.Por regla general, está impedido de realizar nuevas observaciones.
- E.Solicita la ampliación del plazo de vigencia del asiento de presentación.
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Respuesta correcta: D. Por regla general, está impedido de realizar nuevas observaciones.