IngresaYa

De acuerdo con el artículo 139 de la Constitución Política del Perú, y los criterios jurisprudenciales desarrollados por el Tribunal Constitucional, señale cuál de las siguientes afirmaciones es incorrecta respecto a las resoluciones no revisables por el Poder Judicial:

  • A.La jurisdicción electoral del Jurado Nacional de Elecciones se ejerce con independencia, y sus resoluciones definitivas emitidas en ejercicio de dicha función no están sujetas a control judicial alguno.
  • B.Las decisiones adoptadas por el Congreso de la República en el marco del procedimiento de acusación constitucional pueden ser impugnadas ante el Poder Judicial por violación de derechos fundamentales.
  • C.Las resoluciones del Tribunal Constitucional en procesos de amparo adquieren la calidad de cosa juzgada constitucional y no son revisables por ningún otro órgano jurisdiccional.
  • D.La cosa juzgada judicial, en tanto garantía del debido proceso, admite revisión únicamente bajo supuestos normativos taxativos previstos por ley.
Ver respuesta

Respuesta correcta: B. Las decisiones adoptadas por el Congreso de la República en el marco del procedimiento de acusación constitucional pueden ser impugnadas ante el Poder Judicial por violación de derechos fundamentales.

Practica esta y más preguntas en un simulacro cronometrado

Empezar simulacro

Otras preguntas de esta entidad

Ver el banco de preguntas de Poder Judicial →