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De acuerdo al Reglamento del Servicio de Publicidad Registral, es correcto afirmar:

  • A.Es posible variar la solicitud de un certificado negativo de sucesión intestada a fin de que se expida uno positivo, sin restricción alguna.
  • B.Es posible variar la solicitud de certificado negativo de sucesión intestada, por un certificado negativo de testamento, siempre que tenga por finalidad adecuarse al resultado de la evaluación efectuada por el servidor responsable en la esquela de observación.
  • C.No es posible variar la solicitud de certificado de vigencia del órgano de la persona jurídica por el certificado de vigencia de poder de persona jurídica.
  • D.No es posible variar la solicitud de certificado negativo de sucesión intestada, para obtener uno positivo, si no se cumple la finalidad de adecuarse al resultado de la evaluación efectuada por el servidor responsable en la esquela de observación.
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Respuesta correcta: D. No es posible variar la solicitud de certificado negativo de sucesión intestada, para obtener uno positivo, si no se cumple la finalidad de adecuarse al resultado de la evaluación efectuada por el servidor responsable en la esquela de observación.

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