¿Cuál de estas, NO es una prohibición para los miembros del Ministerio Público?
Ministerio Público
- A.Desempeñar cargos distintos al de su función, que no sean los señalados expresamente por la ley.
- B.Ejercer actividad lucrativa o intervenir, directa o indirectamente, en la gestión de una empresa.
- C.Defender como abogado de cualquier naturaleza, pública o privadamente.
- D.Aceptar donaciones y obsequios de personas con interés en el proceso.
- E.Aceptar mandatos de su cónyuge para actos que no tengan relación alguna con el ejercicio de su función, ni tenga por objeto hacerlo valer ante la administración pública o el Poder Judicial.
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Respuesta correcta: E. Aceptar mandatos de su cónyuge para actos que no tengan relación alguna con el ejercicio de su función, ni tenga por objeto hacerlo valer ante la administración pública o el Poder Judicial.