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Conforme al Código de los Niños y Adolescentes: ¿En los procesos de tenencia, se debe escuchar o no la opinión del niño?

Código de los Niños y Adolescentes

  • A.No se debe escuchar la opinión de un niño, pues aún no tiene desarrollada su pensamiento abstracto.
  • B.Se debe escuchar la opinión del niño siempre que se acredite que está desarrollado su pensamiento abstracto.
  • C.Si se debe escuchar su opinión
  • D.Ninguna de las alternativas es correcta pues el Código de los Niños y Adolescentes no hace referencia a la opinión del niño en los procesos de tenencia.
  • E.Ninguna de las anteriores
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Respuesta correcta: C. Si se debe escuchar su opinión

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